Ruido, iluminación, vibraciones, condiciones térmicas y electricidad estática son algunos de los agentes y condiciones físicas que con mayor frecuencia deben evaluarse en los centros de trabajo. Cada uno cuenta con criterios, métodos de evaluación y obligaciones diferentes establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
1. Ruido laboral
La NOM-011-STPS-2001 establece las condiciones de seguridad e higiene aplicables a los centros de trabajo donde exista exposición de los trabajadores a ruido.
La evaluación no consiste únicamente en conocer cuántos decibeles existen en un área. Debe relacionarse el nivel de exposición con el tiempo durante el cual el trabajador permanece expuesto.
Límites de exposición
| Nivel de exposición a ruido | Tiempo máximo permisible |
|---|---|
| 90 dB(A) | 8 horas |
| 93 dB(A) | 4 horas |
| 96 dB(A) | 2 horas |
| 99 dB(A) | 1 hora |
| 102 dB(A) | 30 minutos |
| 105 dB(A) | 15 minutos |
¿Cómo se evalúa?
Dependiendo de las características de la exposición pueden utilizarse sonómetros, sonómetros integradores o medidores personales de exposición a ruido. La instrumentación debe cumplir las características establecidas por la Norma y verificarse en campo antes y después de las mediciones.
La evaluación debe representar las condiciones normales de operación y, cuando corresponda, considerar la exposición personal del trabajador a lo largo de su jornada.
¿Cuándo debe repetirse?
El reconocimiento y la evaluación deben repetirse cada dos años o dentro de los 90 días posteriores a cambios en producción, procesos, equipos, controles u otras condiciones que puedan modificar los resultados.
Manufactura Metalmecánica Textil Construcción2. Iluminación
La NOM-025-STPS-2008 establece los niveles mínimos de iluminación que deben existir en las áreas y puestos de trabajo de acuerdo con la tarea visual que se desarrolla.
No existe un único nivel de iluminación aplicable a toda una planta. La exigencia cambia según la actividad: desplazarse por un pasillo no requiere el mismo nivel que realizar una inspección de precisión.
Algunos niveles mínimos establecidos por la NOM-025
| Ejemplo de área o tarea | Nivel mínimo |
|---|---|
| Patios y estacionamientos exteriores | 20 lux |
| Almacenes de poco movimiento, pasillos y escaleras | 50 lux |
| Áreas de circulación, salas de espera, plataformas y cuartos de calderas | 100 lux |
| Inspección visual simple, recepción y despacho | 200 lux |
| Oficinas, aulas y ensamble simple | 300 lux |
| Laboratorios, salas de cómputo y áreas de dibujo | 500 lux |
| Trabajos de precisión e inspección de piezas delicadas | 750 lux |
| Procesos de alta exactitud | 1,000 lux |
| Tareas visuales de muy bajo contraste y gran especialización | 2,000 lux |
¿Cómo se evalúa?
Primero se realiza un reconocimiento de las áreas y tareas visuales. Después se determina la distribución de puntos de medición y se evalúa la iluminancia con un luxómetro adecuado, comparando los resultados con los niveles mínimos establecidos para cada tarea.
La evaluación también considera el factor de reflexión en las superficies que, por su cercanía al trabajador, puedan afectar las condiciones visuales.
¿Cuál es la vigencia?
La NOM-025 no establece una caducidad anual o bienal para el informe de resultados del laboratorio. El informe se mantiene válido mientras se conserven las condiciones que dieron origen a la evaluación.
Si cambian las luminarias, la distribución de las áreas, la maquinaria, las tareas visuales u otras condiciones que puedan modificar los niveles, debe revisarse nuevamente la situación.
3. Vibraciones
La NOM-024-STPS-2001 establece los límites máximos permisibles de exposición y las condiciones mínimas de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde las vibraciones puedan afectar la salud de los trabajadores.
La Norma distingue dos formas principales de exposición:
¿Cómo se evalúan?
Se utilizan transductores de aceleración y sistemas de medición capaces de analizar las vibraciones en los ejes y frecuencias correspondientes. La ubicación del sensor depende de la forma en que la vibración se transmite al trabajador.
La evaluación debe realizarse bajo condiciones normales de operación y considerar cada ciclo de exposición identificado durante el reconocimiento.
¿Cuándo debe repetirse?
Cuando los niveles se encuentran por debajo de los límites máximos permisibles, la evaluación debe realizarse y registrarse al menos cada dos años. Debe efectuarse antes cuando se modifiquen las tareas, el área de trabajo, las herramientas o los equipos de forma que pueda incrementarse la exposición.
Montacargas Maquinaria pesada Herramientas manuales Construcción4. Condiciones térmicas elevadas y abatidas
La NOM-015-STPS-2001 establece las condiciones de seguridad e higiene, los niveles y los tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas capaces de alterar la salud de los trabajadores.
Condiciones térmicas elevadas
Para calor se utiliza el índice de temperatura de globo bulbo húmedo (Itgbh). Además, la evaluación considera el régimen de trabajo, la duración de la exposición, la temperatura axilar del trabajador, la humedad relativa y la velocidad del aire.
Por ejemplo, para una exposición del 100% de la jornada:
| Régimen de trabajo | Itgbh máximo para 100% de exposición |
|---|---|
| Ligero | 30.0 °C |
| Moderado | 26.7 °C |
| Pesado | 25.0 °C |
Los límites cambian cuando se establecen periodos de exposición y recuperación. Por esa razón, un valor aislado de temperatura no permite determinar por sí solo el cumplimiento.
Condiciones térmicas abatidas
Para frío, la NOM utiliza el índice de viento frío, obtenido a partir de la temperatura y la velocidad del aire, para determinar los tiempos máximos de exposición.
¿Cuál es la vigencia?
Los dictámenes de las unidades de verificación y los informes de resultados de laboratorios de prueba tienen una vigencia de dos años, siempre que se mantengan las condiciones de trabajo que sirvieron como referencia para su emisión.
Fundición Hornos Panificación Cámaras frías5. Electricidad estática y sistemas de puesta a tierra
La NOM-022-STPS-2015 establece condiciones de seguridad para prevenir los riesgos derivados de la generación y acumulación de electricidad estática y de las descargas eléctricas atmosféricas.
Su aplicación depende de las características del proceso, de las sustancias manejadas, de los materiales, del ambiente y de la posibilidad de generar o acumular cargas electrostáticas.
¿Qué se evalúa?
Entre otros aspectos, se mide la resistencia a tierra de la red de puesta a tierra y se comprueba la continuidad eléctrica de los puntos de conexión. La medición de resistencia se realiza mediante el método de caída de tensión establecido por la propia Norma.
Cuando la humedad relativa se utiliza como medida para controlar la acumulación de electricidad estática en áreas cerradas, deberá mantenerse por encima de 65% y registrarse al menos cada doce meses, además de revisarse cuando existan modificaciones que puedan alterar esa condición.
¿Cuál es la vigencia?
La resistencia a tierra y la continuidad deben evaluarse al menos cada doce meses. Cuando se emite un informe de resultados favorable por un laboratorio de pruebas, su vigencia es de un año siempre que no cambien las condiciones que sirvieron para su emisión.
Química Solventes Combustibles Procesos con polvosRuido de fuentes fijas: un tema ambiental diferente
El ruido emitido hacia el exterior por una fuente fija no debe confundirse con la exposición ocupacional regulada por la NOM-011-STPS-2001.
La NOM-081-SEMARNAT-1994 establece límites máximos permisibles de emisión de ruido de fuentes fijas y su método de medición. Su numeral 5.4 fue modificado para establecer límites diferenciados de acuerdo con la zona y el horario.
| Zona | Horario | Límite máximo permisible |
|---|---|---|
| Residencial, exteriores | 06:00 a 22:00 | 55 dB(A) |
| 22:00 a 06:00 | 50 dB(A) | |
| Industrial y comercial | 06:00 a 22:00 | 68 dB(A) |
| 22:00 a 06:00 | 65 dB(A) | |
| Escuelas, áreas exteriores de juego | Durante el juego | 55 dB(A) |
| Ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento | 4 horas | 100 dB(A) |
La autoridad competente tampoco es necesariamente la misma en todos los casos. Dependerá de la actividad, la fuente, el orden de gobierno y la regulación ambiental aplicable.
Resumen de periodicidades
| Evaluación | Norma | Periodicidad o vigencia aplicable |
|---|---|---|
| Ruido laboral | NOM-011-STPS-2001 | Cada 2 años; también debe repetirse dentro de los 90 días posteriores a cambios que puedan modificar los resultados. |
| Iluminación | NOM-025-STPS-2008 | El informe permanece válido mientras se mantengan las condiciones que originaron la evaluación. El dictamen favorable de verificación tiene vigencia de 2 años. |
| Vibraciones | NOM-024-STPS-2001 | Al menos cada 2 años cuando se está por debajo de los límites, o antes si existen cambios que puedan incrementar la exposición. |
| Condiciones térmicas | NOM-015-STPS-2001 | Informe o dictamen: 2 años, mientras se mantengan las condiciones de trabajo. |
| Electricidad estática | NOM-022-STPS-2015 | Mediciones al menos cada 12 meses. Informe favorable de laboratorio: 1 año mientras no cambien las condiciones. |
| Ruido de fuentes fijas | NOM-081-SEMARNAT-1994 | La NOM no establece una periodicidad anual general. Deben revisarse también los requisitos de la autoridad, permiso o regulación aplicable. |
¿Por qué realizar los estudios con un laboratorio acreditado?
Cuando una empresa realiza evaluaciones de ruido, iluminación, vibraciones, condiciones térmicas o electricidad estática, no basta con obtener una serie de mediciones. Los resultados deben ser técnicamente confiables, trazables y estar respaldados por personal competente, equipos adecuados y métodos de ensayo controlados.
Por ello, realizar estos estudios con un laboratorio acreditado bajo ISO/IEC 17025 proporciona un respaldo técnico formal sobre la competencia del laboratorio para ejecutar los métodos incluidos dentro de su alcance de acreditación.
En Ejecutiva Ambiental realizamos evaluaciones mediante un sistema de gestión basado en ISO/IEC 17025 y emitimos informes dentro de nuestros alcances acreditados y aprobados aplicables. Esto permite que nuestros clientes cuenten con evidencia técnica sólida para integrar sus expedientes de cumplimiento, atender auditorías y presentar documentación ante las autoridades correspondientes.
¿No sabes qué evaluaciones aplican en tu centro de trabajo?
Revisamos tus procesos, puestos de trabajo y condiciones de operación para identificar qué evaluaciones necesitas y ayudarte a mantener documentado tu cumplimiento en seguridad, higiene y medio ambiente.
Solicitar orientación y cotizaciónFuentes normativas
- NOM-011-STPS-2001 — Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.
- NOM-015-STPS-2001 — Condiciones térmicas elevadas o abatidas.
- NOM-022-STPS-2015 — Electricidad estática en los centros de trabajo.
- NOM-024-STPS-2001 — Vibraciones en los centros de trabajo.
- NOM-025-STPS-2008 — Condiciones de iluminación en los centros de trabajo.
- NOM-081-SEMARNAT-1994 — Límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición, incluyendo la modificación del numeral 5.4.
Contenido informativo. La determinación de las obligaciones aplicables a un centro de trabajo requiere considerar sus procesos, instalaciones, trabajadores expuestos y la regulación vigente correspondiente.